Economía Naranja – ¿Por qué hablar de ella?

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En Colombia, en los últimos años ha tomado gran importancia el término Economía Naranja y su relevancia se ha acentuado más aún por los beneficios tributarios que se otorgaron a esta industria a partir de la Ley de Financiamiento del 28 de diciembre de 2018.  En este blog queremos contarte más sobre esta industria y profundizar sobre sus beneficios tributarios.

El Ministerio de Cultura define la Economía Naranja cómo: “El conjunto de actividades relacionadas con la creación, producción y comercialización de bienes y servicios, cuyo contenido de carácter cultural y creativo en muchos casos puede protegerse por los derechos de propiedad intelectual”, las actividades que la conforman se dividen en tres grandes grupos:

  • Artes y Patrimonio: artes visuales, artes escénicas y espectáculos, turismo y patrimonio cultural e inmaterial, educación en artes, cultura y economía creativa.
  • Industrias culturales: editorial, fonográfica, audiovisual, agencias de noticias y otros servicios de información,
  • Creaciones funcionales, nuevos medios y software de contenidos: medios digitales, software de contenidos, diseño y publicidad.

En Colombia existe una política para el desarrollo de la economía naranja en la cual participan diferentes entidades del gobierno nacional, desarrollando programas de apoyo institucional a los diferentes actores de esta economía, los cuales se pueden categorizar en: comunitarios y organizaciones sin ánimo de lucro, emprendedores emergentes, emprendedores consolidados y gran empresa, cada uno de ellos con necesidades financieras y de apoyo institucional diferentes y para las que se han desarrollado diferentes programas.

Es interesante ver que, desde los programas específicos dirigidos por el SENA, INNpulsa, el Fondo para el desarrollo cinematográfico, Bancoldex, Findeter, entre otros, esta política toma gran relevancia y busca la cobertura de los diferentes agentes que aportan al desarrollo de esta economía, en futuros blogs seguiremos explorando algunos de los programas que pueden interesar a nuestros lectores quienes podrían aprovechar los programas de acuerdo a sus necesidades.

Adicional al apoyo institucional, los agentes de la economía naranja se pueden beneficiar por exenciones tributarias reglamentadas en el artículo 79 de la Ley 1943 de 2018, por un término de siete años, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Contar con domicilio principal en el territorio colombiano y tener un objeto social exclusivo en el desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y/o actividades creativas.
  • Iniciar actividades antes del 31 de diciembre de 2021.
  • Pertenecer a alguna de las 26 actividades CIIU contempladas dentro de la norma, te dejamos el link para que las puedas consultar (https://estatuto.co/index.php?e=1457)
  • Generar mínimo 3 empleos (sin incluir a los administradores del negocio)
  • Presentar su proyecto ante el Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura, justificando su viabilidad financiera y conveniencia económica.
  • Cumplir con un monto mínimo de inversión de 4.400 UVT en un plazo mínimo de 3 años

Si estás dentro de las industrias mencionadas, puedes aplicar no sólo a los beneficios tributarios, sino también apoyarte en las instituciones que han desarrollado programas específicos al considerar que una labor como la tuya aporta en gran manera al País.

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